A continuación podéis disponer de un resumen de las modificaciones y como quedaría la Regla (en color amarillo lo que se modificaría y en color rojo como quedaría la Regla).
MODIFICACIÓN DE
LAS REGLAS:
Regla 3.- Esta Hermandad fue
fundada en el año
1923.se
reorganizó el 1 Enero 1923.
Regla 14.- Las insignia de la Hermandad, la constituye el Estandarte,
confeccionado en tela amarilla y blanca, en el centro una pintura circular con
la imagen de la Santísima Virgen del Consuelo, rematado el hasta con una cruz de plata( anular),
lazo amarillo y blanco que recoge el estandarte.
EL ESCUDO.
Regla
xx.- El escudo de la Hermandad estará confeccionada en tela amarilla y
blanco, en el centro rodeado por un cordón de plata y de forma ovalada se
encuentra la Cruz de la Orden de Malta (San Juan de Malta), símbolo de Alcolea del Rio y sobrepuesto se encuentra en
un círculo, los dos tercios las letras de A y M superpuestas y el tercio
inferior la imagen de un barco con dos pescadores portando una corona y un
rosario como símbolo del milagro de la Stama Virgen del Consuelo. Rodeando el
cordón de plata por la parte superior, llevara el nombre de Hermandad de
Nuestra Señora del Consuelo y por la parte inferior rezara Patrona de Alcolea
del Rio. Todo rematado por una Cruz y un lazo amarillo y blanco, así como un
cordón del mismo color que recoge el Simpecado.
Regla 34.- Acompañar a Nuestra Señora María Santísima del Consuelo en su
salida procesional del 8 de Septiembre y en las extraordinarias si las hubiere.
Son conductas
constitutivas de faltas muy graves:
- Rechazo publico a la Fe Católica.
- Los actos efectuados contrarios a la Iglesia Católica.
- La incursión de pena de excomunión impuesta por la legítima
Autoridad Eclesiástica.
- El impago de cuotas sin causa justificada, debidamente
expuesta, durante un periodo de dos mesesejercicios en adelante.
- Hacer uso de la documentación o información de la Hermandad
para interés ajeno a la misma.
Regla 38.- El procedimiento final para la validez de la sanción canónica,
observara los siguientes extremos:
- Corrección fraterna, dándole a conocer la ley que contempla la
falta cometida y la sanción propuesta.
- En caso de que no pida perdón reconociendo la falta cometida
se iniciará el expediente sancionador.
- El expediente sancionador contemplará:
- Los datos personales del Hermano que ha cometido la falta.
- Los hechos, donde tuvo lugar la falta cometida.
- Definición de la falta, que expresamente está recogida en las
Reglas, o bien en el Código de Derecho Canónico.
- El momento o momentos de la corrección fraterna, y su
resultado.
- Las pruebas recogidas sobre la falta cometida.
- Plazo de alegaciones del presunto reo hermano que ha cometido la falta.
4.
Regla 42.- El Cabildo General Ordinario tendrá lugar en el mes de Noviembre primer trimestre
de cada año. En dicho Cabildo se someterá a la consideración de los hermanos un
“Orden del día” compuesto al menos de los siguientes asuntos:
5.
Regla 54.- El Cabildo General de elecciones se celebrará cada cuatro años
durante el mes de Noviembre
primer trimestre,
coincidiendo con el Cabildo General Ordinario previsto en estas reglas.
Regla 58.- Es elegible para formar parte de la Junta de Gobierno, todo hermano
que reúna los siguientes requisitos:
- Que se distinga por su vida cristiana personal, familiar y
social, así como por su vocación apostólica.
- Ser persona bautizadas, y si es de estado casado, presentara
con su candidatura, la partida de matrimonio canónico, así como una
declaración de encontrarse en situación familiar regular.
- Gozar de capacidad para ejercer el cargo, con la
responsabilidad que la Iglesia pide en los momentos actuales a los
dirigentes seglares.
- Residir en un lugar desde el que sea posible el ejercicio del
cargo.
- Tener cumplido los dieciocho años de edad, y al menos un año
de antigüedad como miembro de la Hermandad.
- No ejercer cargo de dirección en partidos políticos, ni como
autoridad civil ejecutiva municipal, provincial, autonómica o nacional.
- Seguir los programas de formación cristiana. organizados por los Consejos de Hermandades y Cofradías.
- Regla 71.- El Cabildo adoptara la forma de candidatura cerrada, emitiéndose el voto a una sola candidatura. La Mesa procederá por tanto a anular cualquier voto que contenga alteración, tachadura o sustitución de las candidaturas originales.
I. Regla xx.- En caso de presentarse una
sola candidatura, deberán existir dos clases de papeletas, una a favor de
dicaha candidatura y otra en contra de dicha candidatura.
LAS CAMARERAS.
Regla 119.- Las Camareras serán hermanas que se hayan distinguido en el seno
de la Hermandad, por su amor y devoción a la Santísima Virgen y por su
dedicación y entrega a la Hermandad y serán designadas por la Junta de
Gobierno. Cuidarán especialmente del ajuar de la Virgen, del Camarín y serán
las encargadas de vestirla interiormente.
(Yo lo quitaría)
Regla 147.- El ejercicio económico de la Hermandad comenzará el día 1 de Enero
de cada año, para terminar el 31 de Diciembre de ese mismo año.
Un abrazo a todos los Hermanos.
Viva la Virgen del Consuelo.
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