martes, 16 de julio de 2013

REGLAS: CAPITULO 4

DE LOS MIEMBROS DE LA HERMANDAD.

Regla 17.- Podrán pertenecer a esta Hermandad, todos aquellos fieles cristianos de ambos sexos que sean conscientes de su pertenencia a la Iglesia, que hayan asumido libremente su condición de bautizado, por el que están incorporados a Cristo, y sean miembros vivos de su cuerpo, la Iglesia.
Por tanto habrán de ser personas bautizadas, que no estén legítimamente impedidos por el derecho, y que profesen la Fe Católica y Apostólica, y sean consecuentes con ella, dando a sus vidas un compromiso real, autentico y efectivo, de Hijos de Dios.

Regla 18.- Para pertenecer a esta corporación, será necesario solicitarlo por escrito a la Junta de Gobierno, a través del Secretario, siendo presentado por otro miembro de la Hermandad, como testigo de conocimiento, siendo necesario adjuntar la partida de bautismo a la solicitud.
El solicitante recibirá, por parte de las personas para este fin, la formación necesaria sobre los elementos esenciales de la Fe Católica, así como el ser y los fines de una Hermandad.
En el caso de ser menor de edad o estar incapacitado, lo hará en su nombre algunos de sus padres o tutor.
El Secretario dará cuenta de cada solicitud en el Cabildo de Oficiales más próximo, previo informe del Fiscal, que lo someterá a resolución. En caso de ser favorable, el Secretario lo comunicará al solicitante, quedando inscrito en el libro de Hermanos.
Los catecúmenos pueden ser admitidos como hermanos, quedando excluidos del cumplimiento de las obligaciones que suponen la previa recepción del Bautismo.

RECEPCIÓN DE HERMANOS.

Regla 19.- Una vez admitido el nuevo hermano, se llevará a cabo la recepción oficial y canónica.
La recepción se realizará en cualquiera de los actos de culto que celebre la Hermandad.
El acto de recibimiento de los hermanos se efectuará en presencia de una representación de la Junta de Gobierno, en la que deberá estar necesariamente el Secretario, el cual leerá la fórmula de juramento que figura como anexo a etas reglas, a lo que contestará y jurará el nuevo hermano, ante el Libro de Reglas de la Hermandad y con la mano sobre los Santos Evangelios. En el supuesto de ser menor lo hará alguno de sus padres o tutor.
Acto seguido, el Hermano Mayor o quien lo represente, le impondrá la Medalla de la Hermandad.

Regla 20.- Una vez recibido el juramento, quedará el nuevo hermano incorporado a la Hermandad como hermano de pleno derecho.

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